martes, 11 de octubre de 2011

MARCO LEGAL. ARTICULO #1

 "Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general".

En este articulo prima ante todo el respeto por la dignidad Humana, la cual claramente se vulnera con la pena de muerte; es claro tambien que colombia al ser "una nacion democratica participativa y pluralista", nesesita de la sociedad en total para conformarse realmente , y al castigar con la muerte a un individuo se le estara negando su derecho de participacion en la construccion de la democracia

ASPECTOS QUE PRESENTAN AFINIDAD CON LA PENA DE MUERTE

Rousseau (1712-1778), en su obra El contrato social, decia:
"Todo malhechor, atacando el derecho social conviertase, en rebelde y traidor a la patria (...) la conservacion del Estado es entonces incompatible con la suya; es preciso que uno de los dos perezca"

Para Rousseau entonces, la permanencia de la vida del criminal, suponia directamente un riesgo para la vida de la victima y de la sociedad en general, dando lugar a la nesesidad de ejecutar al criminal. Rousseau entonces negaba la posibilidad del perdon, resocializacion y por ende la superacion.

En España uno de los defensores de la pena capital es el filosofo Gustavo Bueno el cual manifiesta que:
"Un individuo que mata a navajazos a cinco personas y luego hace picadillo a su mujer ¿que puedes hacer con el? ¿reinsertarle? solo existen dos soluciones: o que se suicide, o bien aplicarle la pena capital, que es una manera educada y elegante de invitarle a suicidarse. Es, diriamos una atencion que tiene la sociedad con el criminal"

Bueno se expresa con cierto ironismo dejando ver su fuerte postura a favor de la pena capital, quiza esta posicion tan radical evade el verdadero problema, la criminalidad, el castigo capital unicamente reduce los criminales; pero ¿que pasa con la criminalidad?, y que pasa con el ejemplo del Estado hacia la sociedad. acaso el asesinato deja de ser reprochable, cuando es el Estado el que lo comete. No hay justificacion alguna para que el Estado ataque directamente los derechos fundamentales, los cuales nos pertenecen a todos los seres humanos sin distincion alguna.

Para Immanuel Kant (1724-1804) partidario de la ley del talion (ojo por ejo, diente por diente), este consideraba que para castigar un asesinato no eran suficientes los trabajos forzados a perpetuidad, porque     no existe equivalencia entre una vida, por penosa que sea, y la muerte; por tanto, tampoco hay igualdad entre el crimen y la represalia, si no es matando al culpable por disposicion judicial.


lunes, 10 de octubre de 2011

LAPIDACIÓN



La lapidacion consiste en provocar la muerte del condenado mediante pedradas, suele llevarse acabo estando el reo enterrado hasta el cuello, o atado de algún modo; el condenado muere generalmente por lesiones en el cerebro. La lapidacion es una muerte lenta ya que los seres humanos pueden soportar una cantidad de golpes sin perder el conocimiento.

el siguiente es el testimonio de un testigo de la lapidacion en iran. " el camion deposito un gran numero de piedras grandes y pequeñas junto al erial y luego dos mujeres vestidas de blanco, con la cabeza tapada por un saco fueron conducidas al lugar, la lluvia de piedras que cayo sobre ellas las transformo en dos sacos rojos, las mujeres heridas cayeron al suelo y los guardias revolucionarios les golpearon la cabeza para asegurarse de que estaban muertas "

basado en el libro: cuando el estado es el que mata "los derechos humanos frente a la pena de muerte", Amnistía Internacional

DECAPITACIÓN


En este método de ejecución se separa la cabeza del tronco por medio de un golpe de sable, aunque la intención es que el filo del arma corte de manera rápida la médula espinal para que el condenado quede inconsciente por el trauma, muchas veces son necesarios varios golpes de sable y la muerte tarda dependiendo la fuerza y resistencia del condenado.

La decapitación se empezó a usar como instrumento de la pena capital en la época de la revolución francesa (1789-1799), en la actualidad este método es practicado principalmente en países árabes como: Arabia Saudita, Qatar, República Arabe del Yemen y Emiratos Árabes Unidos. 

Basado en el libro: cuando el Estado es el que mata "Los derechos humanos frente a la pena de muerte" Amnistía Internacional. pag 75

EJECUCIÓN POR GAS



En este método de ejecución, se amarra al condenado a una silla dentro de una cámara hermética, en el pecho tiene un estetoscopio que tiene conexión con una sala de testigos, donde un medico controla el desarrollo de la ejecución. se libera gas cianuro en la cámara, que provoca el envenenamiento del preso mientras el respira. Este muere debido a la asfixia. El condenado puede quedar inconsciente de manera rápida aunque esto puede demorarse si este intenta sobrevivir aguantando la respiración. al igual que en otros métodos de ejecución los órganos vitales siguen funcionando durante un periodo de tiempo, independientemente de la consciencia del condenado. 

"no hay forma de planear nada porque no sabemos que va a pasar. puede que vayamos a la cámara de gas, puede que no... existes y esperas, y esperas y piensas en ello cada día. No solo en tu propia muerte sino también en la de otros" --> reo condenado a muerte EE.UU

Basado en libro : "Cuando el Estado es el que mata, los derechos humanos frente a la pena de muerte" Amnistia internacional EDAI pag 74



sábado, 8 de octubre de 2011

INYECCION LETAL

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"Este método de ejecución consiste en inyectar por vía intravenosa y de manera continua una cantidad letal de un barbitúrico de acción rápida en combinación con un producto químico paralizante. El procedimiento es similar al utilizado en un hospital para administrar una anestesia general, pero los productos son inyectados en cantidades letales".

Basicamente se mezclan tres tipos de sustancias; El tiopentanto sódico es un barbitúrico que hace perder el conocimiento al preso, la segunda es un relajante muscular que paraliza la respiración, y la tercera provoca un paro cardíaco.


¿No es acaso la pena de muerte el mas premeditado de los asesinatos?  ¿no es un acto de crueldad retributiva que se disfraza mediante la ley?. Las respuestas solo estan en el campo de la reflexion.

ELECTROCUCION (SILLA ELECTRICA)


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Este método surgió en Estados unidos en 1888, con el argumento de que seria un método mas humano que la horca. 
"El procedimiento es el siguiente: después de amarrar al preso a una silla construida para este fin, los ejecutores sujetan electrodos de cobre húmedos a la cabeza y a una pierna del condenado, las cuales han sido rasuradas para asegurar un buen contacto entre los electrodos y la piel. Se aplican fuertes descargas de corriente eléctrica durante breves periodos. La muerte se produce por paro cardíaco y parálisis respiratoria".


La electrocución produce efectos visibles, pues quema los órganos internos del cuerpo, el condenado salta hacia adelante, cuando se descarga la corriente; en algunos casos defeca, orina y vomita sangre. Los testigos suelen decir que huele a carne quemada.


Es increíble ver como el ser humano ha puesto su empeño en la creación de una maquina que tiene como objeto la ejecución de sus semejantes, no es la silla eléctrica un instrumento sofisticado para las ejecuciones, si bien hace parte de la "modernidad", esta atada a la idea retrograda e inútil de la pena de muerte, lo cual la contribuye a la degradacion de la nueva y acertada concepción de los derechos humanos.


Basado en libro :"Cuando el Estado es el que mata, los derechos humanos frente a la pena de muerte" Amnistia internacional EDAI pag 72